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Condiciones

Índice:

Artículo 1 - Definiciones
Artículo 2 - Identidad del empresario
Artículo 3 - Aplicabilidad
Artículo 4 - La oferta
Artículo 5 - El contrato
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el plazo de reflexión
Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por el consumidor y costes asociados
Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de desistimiento
Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 11 - El precio
Artículo 12 - Cumplimiento y garantía adicional
Artículo 13 - Entrega y ejecución
Artículo 14 - Contratos de duración: duración, cancelación y prórroga
Artículo 15 - Pago
Artículo 16 - Procedimiento de reclamaciones
Artículo 17 - Conflictos
Artículo 18 - Disposiciones adicionales o divergentes

Artículo 1 - Definiciones

En estas condiciones se entiende por:

  1. Contrato adicional: un contrato mediante el cual el consumidor adquiere productos, contenido digital y/o servicios relacionados con un contrato a distancia y estos bienes, contenido digital y/o servicios son suministrados por el empresario o por un tercero en virtud de un acuerdo entre dicho tercero y el empresario;
  2. Plazo de reflexión: el período durante el cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
  3. Consumidor: la persona física que no actúa con fines relacionados con su actividad comercial, empresarial, artesanal o profesional;
  4. Día: día natural;
  5. Contenido digital: datos producidos y entregados en forma digital;
  6. Contrato de duración: un contrato que tiene por objeto la entrega regular de bienes, servicios y/o contenido digital durante un período determinado;
  7. Soporte duradero: cualquier medio, incluido el correo electrónico, que permita al consumidor o empresario almacenar información dirigida personalmente a él, de manera que pueda ser consultada o utilizada en el futuro durante un período adecuado al propósito para el que se destina la información, y que permita la reproducción inalterada de la información almacenada;
  8. Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de desistir del contrato a distancia dentro del plazo de reflexión;
  9. Empresario: la persona física o jurídica que es miembro de Fight2Win y ofrece productos, (acceso a) contenido digital y/o servicios a distancia a los consumidores;
  10. Contrato a distancia: un contrato celebrado entre el empresario y el consumidor en el marco de un sistema organizado para la venta a distancia de productos, contenido digital y/o servicios, en el que hasta la celebración del contrato se utiliza exclusivamente o conjuntamente una o más técnicas de comunicación a distancia;
  11. Formulario modelo de desistimiento: el formulario modelo europeo de desistimiento incluido en el Anexo I de estas condiciones; el Anexo I no tiene que ponerse a disposición si el consumidor no tiene derecho de desistimiento respecto a su pedido;
  12. Técnica para la comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario tengan que estar presentes simultáneamente en el mismo lugar.

Artículo 2 - Identidad del empresario

Nombre del empresario: Fight2Win (parte de 3rd Millennium BV)

Dirección de la sede:
NUEVA UBICACIÓN
Steur 5
2742ZW Waddinxveen

Teléfono: 0102263868

Correo electrónico: Formulario de contacto

Cámara de Comercio Rotterdam: 24294910
Número de IVA: NL814687428B01

Artículo 3 - Aplicabilidad

  1. Estas condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia celebrado entre el empresario y el consumidor.
  2. Antes de que se celebre el contrato a distancia, se pone a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales. Si esto no es razonablemente posible, el empresario indicará antes de que se celebre el contrato a distancia cómo se pueden consultar las condiciones generales en el empresario y que, a petición del consumidor, se enviarán gratuitamente lo antes posible.
  3. Si el contrato a distancia se celebra electrónicamente, puede, en desviación del párrafo anterior y antes de que se celebre el contrato a distancia, ponerse a disposición del consumidor el texto de estas condiciones generales por vía electrónica de tal manera que el consumidor pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero. Si esto no es razonablemente posible, antes de que se celebre el contrato a distancia se indicará dónde se pueden consultar las condiciones generales por vía electrónica y que, a petición del consumidor, se enviarán gratuitamente por vía electrónica o por otro medio.
  4. En caso de que, además de estas condiciones generales, también se apliquen condiciones específicas de productos o servicios, el segundo y tercer apartado serán aplicables de manera correspondiente y el consumidor podrá, en caso de condiciones contradictorias, siempre acogerse a la disposición aplicable que le sea más favorable.

Artículo 4 - La oferta

  1. Si una oferta tiene un período de validez limitado o se realiza bajo condiciones, esto se indicará expresamente en la oferta.
  2. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos, contenido digital y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada para permitir una buena valoración de la oferta por parte del consumidor. Si el empresario utiliza imágenes, estas son una representación fiel de los productos, servicios y/o contenido digital ofrecidos. Errores evidentes o equivocaciones manifiestas en la oferta no vinculan al empresario.
  3. Cada oferta contiene información tal que para el consumidor quede claro cuáles son los derechos y obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta.

Artículo 5 - El contrato

  1. El contrato se celebra, salvo lo dispuesto en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple con las condiciones establecidas.
  2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora por vía electrónica la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras el empresario no confirme la recepción de esta aceptación, el consumidor puede rescindir el contrato.
  3. Si el contrato se celebra electrónicamente, el empresario tomará medidas técnicas y organizativas adecuadas para asegurar la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario tomará las medidas de seguridad adecuadas para ello.
  4. El empresario puede, dentro de los marcos legales, informarse sobre si el consumidor puede cumplir con sus obligaciones de pago, así como sobre todos los hechos y factores relevantes para celebrar responsablemente el contrato a distancia. Si el empresario, basado en esta investigación, tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, tiene derecho a rechazar un pedido o solicitud con justificación o a imponer condiciones especiales para su ejecución.
  5. El empresario deberá enviar al consumidor, a más tardar en la entrega del producto, servicio o contenido digital, la siguiente información, por escrito o de tal manera que pueda ser almacenada por el consumidor en un soporte duradero accesible:
    • la dirección física del establecimiento del empresario donde el consumidor puede presentar reclamaciones;
    • las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una indicación clara sobre la exclusión del derecho de desistimiento;
    • la información sobre garantías y servicios postventa existentes;
    • el precio, incluidos todos los impuestos, del producto, servicio o contenido digital; en su caso, los costes de entrega; y la forma de pago, entrega o ejecución del contrato a distancia;
    • los requisitos para la cancelación del contrato si el contrato tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida;
    • si el consumidor tiene derecho de desistimiento, el formulario modelo para desistimiento.
  6. En caso de una transacción de duración, la disposición del apartado anterior solo se aplica a la primera entrega.

Artículo 6 - Derecho de desistimiento

En productos:

  1. El consumidor puede cancelar un contrato relacionado con la compra de un producto durante un período de reflexión de 14 días sin necesidad de justificar su decisión. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo de la cancelación, pero no puede obligarlo a darlo.
  2. El período de reflexión mencionado en el apartado 1 comienza el día siguiente a que el consumidor, o un tercero designado previamente por el consumidor que no sea el transportista, reciba el producto, o:
    • si el consumidor ha pedido varios productos en un mismo pedido: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, reciba el último producto. El empresario puede rechazar un pedido de varios productos con diferentes tiempos de entrega, siempre que haya informado claramente al consumidor sobre esto antes del proceso de pedido.
    • si la entrega de un producto consiste en varios envíos o partes: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, reciba el último envío o la última parte;
    • en contratos para la entrega regular de productos durante un período determinado: el día en que el consumidor, o un tercero designado por él, reciba el primer producto.

En servicios y contenido digital que no se entregue en un soporte material:

  1. El consumidor puede cancelar un contrato de servicios y un contrato para la entrega de contenido digital que no se entregue en un soporte material dentro de los 14 días sin necesidad de justificar su decisión. El empresario puede preguntar al consumidor el motivo de la cancelación, pero no puede obligarlo a darlo.
  2. El período de reflexión mencionado en el apartado 3 comienza el día siguiente a la celebración del contrato.

Período de reflexión ampliado para productos, servicios y contenido digital no entregado en un soporte material en caso de no informar sobre el derecho de desistimiento:

  1. Si el empresario no ha proporcionado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento o el formulario modelo de desistimiento, el período de reflexión expirará doce meses después del final del período de reflexión original establecido conforme a los apartados anteriores de este artículo.
  2. Si el empresario ha proporcionado al consumidor la información mencionada en el apartado anterior dentro de los doce meses posteriores a la fecha de inicio del período de reflexión original, el período de reflexión expirará 14 días después del día en que el consumidor haya recibido dicha información.

Artículo 7 - Obligaciones del consumidor durante el período de reflexión

  1. Durante el período de reflexión, el consumidor tratará el producto y el embalaje con cuidado. Solo desempaquetará o usará el producto en la medida necesaria para determinar la naturaleza, las características y el funcionamiento del producto. El principio es que el consumidor solo puede manejar e inspeccionar el producto como lo haría en una tienda.
  2. El consumidor solo es responsable de la depreciación del producto que resulte de un uso del producto que exceda lo permitido en el apartado 1.
  3. El consumidor no es responsable de la depreciación del producto si el empresario no le ha proporcionado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento antes o en el momento de la celebración del contrato.

Artículo 8 - Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor y sus costes

  1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, lo comunica dentro del período de reflexión mediante el formulario modelo de desistimiento o de otra manera inequívoca al empresario.
  2. Lo antes posible, pero dentro de los 14 días siguientes al día posterior a la notificación mencionada en el apartado 1, el consumidor devuelve el producto o lo entrega a (un representante autorizado del) empresario. Esto no es necesario si el empresario ha ofrecido recoger el producto él mismo. El consumidor habrá cumplido el plazo de devolución si envía el producto antes de que finalice el período de reflexión.
  3. El consumidor devuelve el producto con todos los accesorios entregados, si es razonablemente posible en el estado y embalaje originales, y conforme a las instrucciones razonables y claras proporcionadas por el empresario.
  4. El riesgo y la carga de la prueba para el ejercicio correcto y oportuno del derecho de desistimiento recae en el consumidor.
  5. El consumidor asume los costos directos de la devolución del producto. Si el empresario no ha informado que el consumidor debe asumir estos costos o si el empresario indica que asumirá los costos, el consumidor no tiene que asumir los costos de la devolución.
  6. Si el consumidor revoca después de haber solicitado expresamente que se inicie la prestación del servicio o la entrega de gas, agua o electricidad que no se hayan preparado para la venta en un volumen o cantidad limitada durante el período de reflexión, el consumidor debe pagar al empresario una cantidad proporcional a la parte de la obligación que el empresario haya cumplido en el momento de la revocación, en comparación con el cumplimiento total de la obligación.
  7. El consumidor no asume costos por la ejecución de servicios o la entrega de agua, gas o electricidad, que no se hayan preparado para la venta en un volumen o cantidad limitada, o para la entrega de calefacción urbana, si:
    • el empresario no ha proporcionado al consumidor la información legalmente obligatoria sobre el derecho de revocación, la compensación de costos en caso de revocación o el formulario modelo de revocación; o
    • el consumidor no ha solicitado expresamente el inicio de la ejecución del servicio o la entrega de gas, agua, electricidad o calefacción urbana durante el período de reflexión.
  8. El consumidor no asume costos por la entrega total o parcial de contenido digital no suministrado en un soporte material, si:
    • no ha dado su consentimiento expreso antes de la entrega para que se inicie el cumplimiento del contrato antes de que finalice el período de reflexión;
    • no ha reconocido que pierde su derecho de revocación al otorgar su consentimiento; o
    • el empresario no ha confirmado esta declaración del consumidor.
  9. Si el consumidor ejerce su derecho de revocación, todos los acuerdos adicionales se rescinden automáticamente.

Artículo 9 - Obligaciones del empresario en caso de revocación

  1. Si el empresario permite que el consumidor realice la notificación de revocación por medios electrónicos, enviará sin demora una confirmación de recepción tras recibir dicha notificación.
  2. El empresario reembolsa todos los pagos del consumidor, incluidos los posibles gastos de entrega cobrados por el empresario por el producto devuelto, sin demora pero dentro de los 14 días siguientes al día en que el consumidor le comunica la revocación. A menos que el empresario ofrezca recoger el producto él mismo, puede esperar para reembolsar hasta que haya recibido el producto o hasta que el consumidor demuestre que ha enviado el producto, según cuál de los dos momentos ocurra primero.
  3. El empresario utiliza para el reembolso el mismo medio de pago que el consumidor utilizó, salvo que el consumidor acepte un método diferente. El reembolso es gratuito para el consumidor.
  4. Si el consumidor ha elegido un método de entrega más caro que la entrega estándar más económica, el empresario no está obligado a reembolsar los costes adicionales del método más caro.

Artículo 10 - Exclusión del derecho de desistimiento

El empresario puede excluir los siguientes productos y servicios del derecho de desistimiento, pero solo si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, al menos con suficiente antelación antes de la celebración del contrato:

  1. Productos o servicios cuyo precio está sujeto a fluctuaciones en el mercado financiero que el empresario no puede controlar y que pueden ocurrir dentro del período de desistimiento;
  2. Contratos celebrados durante una subasta pública. Se entiende por subasta pública un método de venta en el que productos, contenido digital y/o servicios son ofrecidos por el empresario al consumidor que está presente personalmente o tiene la posibilidad de estar presente personalmente en la subasta, bajo la dirección de un subastador, y en la que el postor ganador está obligado a aceptar los productos, contenido digital y/o servicios;
  3. Contratos de servicios, tras la completa ejecución del servicio, pero solo si:
    • la ejecución ha comenzado con el consentimiento expreso previo del consumidor; y
    • el consumidor ha declarado que pierde su derecho de desistimiento una vez que el empresario ha cumplido completamente el contrato;
  4. Viajes combinados según lo previsto en el artículo 7:500 del Código Civil y contratos de transporte de personas;
  5. Contratos de servicios para la provisión de alojamiento, si en el contrato se establece una fecha o período específico para su ejecución y que no sean para fines residenciales, transporte de mercancías, alquiler de vehículos o catering;
  6. Contratos relacionados con actividades de ocio, si en el contrato se establece una fecha o período específico para su ejecución;
  7. Productos fabricados según las especificaciones del consumidor, que no son prefabricados y que se elaboran basándose en una elección o decisión individual del consumidor, o que están claramente destinados a una persona específica;
  8. Productos que se deterioran rápidamente o que tienen una vida útil limitada;
  9. Productos sellados que, por razones de protección de la salud o higiene, no son aptos para ser devueltos y cuyo sello ha sido roto tras la entrega;
  10. Productos que, tras la entrega, por su naturaleza quedan irrevocablemente mezclados con otros productos;
  11. Bebidas alcohólicas cuyo precio se haya acordado al celebrar el contrato, pero cuya entrega solo pueda realizarse después de 30 días, y cuyo valor real dependa de fluctuaciones del mercado sobre las que el empresario no tiene control;
  12. Grabaciones de audio, video y software informático sellados, cuyo sello se haya roto tras la entrega;
  13. Periódicos, revistas o magazines, excepto las suscripciones a los mismos;
  14. La entrega de contenido digital que no esté en un soporte material, pero solo si:
    • la ejecución ha comenzado con el consentimiento expreso previo del consumidor; y
    • el consumidor ha declarado que con esto pierde su derecho de desistimiento.

Artículo 11 - El precio

  1. Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo cambios de precio debido a modificaciones en los tipos de IVA.
  2. En derogación del párrafo anterior, el empresario puede ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero y sobre los cuales el empresario no tiene control, con precios variables. Esta sujeción a fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados sean precios orientativos se mencionan en la oferta.
  3. Los aumentos de precio dentro de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo están permitidos si son consecuencia de disposiciones o regulaciones legales.
  4. Los aumentos de precio a partir de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo están permitidos si el empresario lo ha acordado y:
    • estos sean consecuencia de disposiciones o regulaciones legales; o
    • el consumidor tiene el derecho de cancelar el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
  5. Los precios indicados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.

Artículo 12 - Cumplimiento del contrato y garantía adicional

  1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el contrato, las especificaciones indicadas en la oferta, con los requisitos razonables de calidad y/o utilidad, y con las disposiciones legales y/o reglamentaciones gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es adecuado para un uso distinto al normal.
  2. Una garantía adicional proporcionada por el empresario, su proveedor, fabricante o importador nunca limita los derechos y reclamaciones legales que el consumidor puede hacer valer contra el empresario en virtud del contrato si el empresario ha incumplido su parte del acuerdo.
  3. Garantía adicional se refiere a cualquier compromiso del empresario, su proveedor, importador o productor mediante el cual se otorgan al consumidor ciertos derechos o reclamaciones que van más allá de lo que legalmente está obligado en caso de incumplimiento de su parte del contrato.

Artículo 13 - Entrega y ejecución

  1. El empresario actuará con el máximo cuidado al recibir y ejecutar pedidos de productos y al evaluar solicitudes para la prestación de servicios.
  2. El lugar de entrega será la dirección que el consumidor haya comunicado al empresario.
  3. Respetando lo establecido en el artículo 4 de estas condiciones generales, el empresario ejecutará los pedidos aceptados con la debida diligencia pero a más tardar en 30 días, salvo que se acuerde otro plazo de entrega. Si la entrega se retrasa o si un pedido no puede ser ejecutado total o parcialmente, el consumidor será informado a más tardar 30 días después de realizar el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a resolver el contrato sin coste y a reclamar una posible indemnización.
  4. Tras la resolución conforme al párrafo anterior, el empresario reembolsará al consumidor la cantidad pagada sin demora.
  5. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos recae en el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y conocido por el empresario, salvo que se acuerde expresamente lo contrario.

Artículo 14 - Contratos de duración: duración, cancelación y renovación

Cancelación:

  1. El consumidor puede cancelar un contrato celebrado por tiempo indefinido que implique la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, en cualquier momento, respetando las reglas de cancelación acordadas y con un plazo de preaviso máximo de un mes.
  2. El consumidor puede cancelar un contrato celebrado por un tiempo determinado que implique la entrega regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, en cualquier momento al final del período determinado, respetando las reglas de cancelación acordadas y con un plazo de preaviso máximo de un mes.
  3. El consumidor puede cancelar los contratos mencionados en los párrafos anteriores:
    • cancelar en cualquier momento y no estar limitado a la cancelación en un momento o período específico;
    • al menos rescindir de la misma manera en que fueron celebrados;
    • siempre rescindir con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya establecido para sí mismo.

Prórroga:

  1. Un contrato celebrado por un tiempo determinado para la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse ni renovarse tácitamente por un período determinado.
  2. En derogación del párrafo anterior, un contrato celebrado por un tiempo determinado para la entrega periódica de diarios, noticias, revistas y publicaciones semanales podrá prorrogarse tácitamente por un período determinado máximo de tres meses, siempre que el consumidor pueda rescindir este contrato prorrogado al final de la prórroga con un preaviso máximo de un mes.
  3. Un contrato celebrado por un tiempo determinado para la entrega periódica de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes. El plazo de preaviso será de hasta tres meses en caso de que el contrato sea para la entrega periódica, pero menos de una vez al mes, de diarios, noticias, revistas y publicaciones semanales.
  4. Un contrato de duración limitada para la entrega periódica de diarios, noticias, revistas y publicaciones semanales (suscripción de prueba o de introducción) no se renovará automáticamente y finalizará automáticamente al término del período de prueba o introducción.

Duración:

  1. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo en cualquier momento después de un año con un preaviso máximo de un mes, salvo que la equidad y la justicia se opongan a la rescisión antes del final del período acordado.

Artículo 15 - Pago

  1. Salvo que se disponga lo contrario en el contrato o en condiciones adicionales, los importes adeudados por el consumidor deberán pagarse dentro de los 14 días posteriores al inicio del período de reflexión, o en ausencia de dicho período, dentro de los 14 días posteriores a la celebración del contrato. En caso de un contrato para la prestación de un servicio, este plazo comenzará el día siguiente a que el consumidor reciba la confirmación del contrato.
  2. En la venta de productos a consumidores, nunca se podrá obligar al consumidor en las condiciones generales a realizar un pago anticipado superior al 50%. Cuando se haya acordado un pago anticipado, el consumidor no podrá ejercer ningún derecho respecto a la ejecución del pedido o servicio(s) correspondiente antes de que se haya realizado el pago anticipado acordado.
  3. El consumidor tiene la obligación de informar sin demora al empresario sobre cualquier inexactitud en los datos de pago proporcionados o indicados.
  4. Si el consumidor no cumple puntualmente con su(s) obligación(es) de pago, después de que el empresario le haya advertido sobre el retraso y le haya concedido un plazo de 14 días para cumplir con sus obligaciones de pago, y no se haya efectuado el pago dentro de este plazo, el consumidor deberá pagar el interés legal sobre el importe pendiente y el empresario tendrá derecho a cobrar los costes extrajudiciales de cobro que haya incurrido. Estos costes de cobro ascienden a un máximo de: 15% sobre importes pendientes hasta € 2.500,-; 10% sobre los siguientes € 2.500,- y 5% sobre los siguientes € 5.000,- con un mínimo de € 40,-. El empresario puede, en beneficio del consumidor, desviarse de los importes y porcentajes mencionados.

Artículo 16 - Procedimiento de quejas

  1. El empresario dispone de un procedimiento de quejas suficientemente divulgado y trata la queja conforme a dicho procedimiento.
  2. Las quejas sobre la ejecución del contrato deben presentarse al empresario dentro de un plazo razonable después de que el consumidor haya detectado los defectos, describiéndolas de manera completa y clara.
  3. Las quejas presentadas al empresario serán respondidas en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una queja requiere un tiempo de procesamiento previsiblemente más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo el consumidor puede esperar una respuesta más detallada.
  4. Una queja sobre un producto, servicio o la atención del empresario también puede presentarse mediante un formulario de contacto en la página de consumidores del sitio web de Fight2Win. La queja se enviará tanto al empresario correspondiente como a Fight2Win.
  5. El consumidor debe dar al empresario al menos 4 semanas para resolver la queja de manera amistosa. Tras este plazo, surge una disputa que puede someterse al procedimiento de resolución de conflictos.

Artículo 17 - Disputas

  1. A los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren estas condiciones generales, les es aplicable exclusivamente el derecho neerlandés.
  2. Las disputas entre el consumidor y el empresario sobre la formación o ejecución de contratos relacionados con productos y servicios que este empresario debe entregar o ha entregado, pueden, con sujeción a lo dispuesto a continuación, ser presentadas tanto por el consumidor como por el empresario ante la Comisión de Arbitraje de Tiendas Online, Apartado de correos 90600, 2509 LP en La Haya (www.sgc.nl).
  3. Una disputa solo será aceptada para su tratamiento por la Comisión de Arbitraje si el consumidor ha presentado primero su queja al empresario dentro de un plazo razonable.
  4. Si la queja no conduce a una solución, la disputa debe ser presentada por escrito o en otra forma determinada por la Comisión ante la Comisión de Arbitraje a más tardar 12 meses después de la fecha en que el consumidor presentó la queja al empresario.
  5. Cuando el consumidor desee someter una disputa a la Comisión de Arbitraje, el empresario está obligado a aceptar esta elección. Preferentemente, el consumidor informa primero al empresario.
  6. Cuando el empresario desee someter una disputa a la Comisión de Arbitraje, el consumidor deberá expresar por escrito dentro de cinco semanas tras una solicitud escrita del empresario si también desea ello o si prefiere que la disputa sea tratada por el juez competente. Si el empresario no recibe la elección del consumidor dentro del plazo de cinco semanas, el empresario tiene derecho a someter la disputa al juez competente.
  7. La Comisión de Arbitraje emite su fallo bajo las condiciones establecidas en el reglamento de la Comisión de Arbitraje (www.degeschillencommissie.nl/over-ons/de-commissies/2404/thuiswinkel). Las decisiones de la Comisión de Arbitraje se realizan en forma de asesoramiento vinculante.
  8. La Comisión de Arbitraje no tratará una disputa o suspenderá su tratamiento si al empresario se le ha concedido suspensión de pagos, ha entrado en estado de quiebra o ha cesado efectivamente sus actividades comerciales antes de que la comisión haya tratado la disputa en la audiencia y emitido una decisión final.
  9. Si, además de la Comisión de Arbitraje de Tiendas en Línea, existe otra comisión de arbitraje reconocida o afiliada a la Fundación de Comisiones de Arbitraje para Asuntos del Consumidor (SGC) o al Instituto de Quejas de Servicios Financieros (Kifid), para disputas relacionadas principalmente con el método de venta o prestación de servicios a distancia, la Comisión de Arbitraje de Tiendas en Línea tiene preferentemente competencia. Para todas las demás disputas, la otra comisión de arbitraje reconocida afiliada a SGC o Kifid.

Artículo 18 - Disposiciones adicionales o diferentes

Disposiciones adicionales o diferentes a estas condiciones generales no deben ser en perjuicio del consumidor y deben ser establecidas por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarlas de forma accesible en un soporte duradero.

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